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Sección 1

Sección 1 - Pequeñas y Medianas Entidades

RESUMEN

La Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES) está diseñada para empresas que no tienen obligación pública de rendir cuentas y que preparan estados financieros para usuarios externos como propietarios externos, acreedores y agencias de calificación. Las PYMES no deben tener instrumentos financieros en mercados públicos ni realizar actividades fiduciarias como función principal, aunque puedan administrar activos fiduciarios de manera secundaria. Además, se permite que las subsidiarias de grupos que aplican las NIIF completas usen esta norma si no tienen obligación pública de rendir cuentas.

ANÁLISIS

La Norma Internacional de Información Financiera (NIIF) para Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES) está diseñada para establecer un marco contable adaptado a las necesidades específicas de empresas que no cuentan con acceso a los mercados públicos. La Sección 1 de esta norma es fundamental, pues delimita el alcance y proporciona la definición de las PYMES, lo que permite a las empresas y a sus usuarios identificar cuándo y cómo aplicar esta norma de manera efectiva.

1. Objetivo y Alcance de la NIIF para PYMES

El principal propósito de la NIIF para PYMES es ofrecer un conjunto de normas simplificado para entidades que no participan en mercados financieros de capitales. Esta simplificación busca aliviar la carga de las exigencias contables que rigen a las empresas de mayor tamaño, facilitando a las PYMES una forma de cumplir con sus obligaciones de información financiera de manera clara, eficiente y asequible. La Sección 1 se enfoca en definir con claridad el tipo de entidad que puede utilizar esta norma y establece las características de las PYMES.

2. Definición de Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES)

La Sección 1 define a las PYMES como aquellas entidades que:
  1. No tienen obligación pública de rendir cuentas. Esto implica que sus instrumentos financieros (deuda o capital) no se negocian en ningún mercado público (ya sea nacional o extranjero), ni tampoco están en proceso de emitir dichos instrumentos para negociación pública.
  2. Preparan estados financieros con propósito de información general para usuarios externos. Los usuarios externos típicos incluyen propietarios no implicados en la administración diaria, acreedores actuales o potenciales, y agencias de calificación crediticia. Estos usuarios suelen requerir información confiable sobre el rendimiento y la situación financiera de la empresa para tomar decisiones informadas.

3. ¿Qué Significa la Obligación Pública de Rendir Cuentas?

La norma detalla que una entidad tiene "obligación pública de rendir cuentas" si:
  1. Sus instrumentos financieros están o estarán disponibles en mercados públicos. Esto incluye mercados de valores tanto nacionales como extranjeros. Las empresas cuyas acciones o bonos están en estos mercados tienen responsabilidades mayores de transparencia hacia el público en general y, por tanto, deben utilizar las NIIF completas.
  2. Mantienen activos en calidad de fiduciarias para terceros. Las entidades que administran fondos o activos en representación de otros tienen una responsabilidad fiduciaria pública. Por ejemplo, los bancos, cooperativas de crédito, compañías de seguros y fondos de inversión gestionan recursos de terceros y deben rendir cuentas a un amplio grupo de interesados. Esto requiere una mayor transparencia y, en consecuencia, la aplicación de normas contables más detalladas.

4. Actividades Fiduciarias Secundarias

Una parte clave de la Sección 1 es la claridad que ofrece respecto a las actividades fiduciarias. Si una entidad lleva a cabo ciertas actividades fiduciarias de forma secundaria a su actividad principal, no necesariamente se convierte en una entidad con obligación pública de rendir cuentas. Ejemplos de estas actividades secundarias incluyen:
  • Agencias de viajes y agencias inmobiliarias: que pueden gestionar pagos de clientes de forma temporal sin que ello implique una actividad fiduciaria como función principal.
  • Colegios y organizaciones no lucrativas: que pueden recibir fondos de terceros para gestionar proyectos específicos sin operar como fiduciarios de estos recursos en un sentido amplio.
  • Vendedores de servicios prepagados: empresas de servicios públicos u otras compañías que reciben pagos por adelantado sin que esto represente una actividad fiduciaria primaria.
Este aspecto de la norma permite que muchas organizaciones que tienen una función fiduciaria limitada puedan acogerse a las NIIF para PYMES, siempre y cuando sus actividades fiduciarias no sean el núcleo de su negocio.

5. Subsidiarias y Controladoras: Uso de la NIIF para PYMES

Otro punto importante de la Sección 1 es la flexibilidad que otorga a las subsidiarias y entidades controladoras dentro de un grupo empresarial. Una subsidiaria puede utilizar la NIIF para PYMES en sus estados financieros individuales si no tiene una obligación pública de rendir cuentas, incluso cuando su entidad controladora o el grupo en su conjunto emplean las NIIF completas en sus reportes financieros consolidados.

Además, una entidad controladora puede usar la NIIF para PYMES en sus propios estados financieros individuales siempre que no tenga por sí misma una obligación pública de rendir cuentas. Esto incluye a la controladora última o cualquier controladora intermedia, permitiendo así que estas entidades presenten reportes financieros menos complejos en sus estados individuales, aunque el grupo utilice las NIIF completas en sus reportes consolidados.

6. Requisitos para la Conformidad con la NIIF para PYMES

Para que una entidad pueda afirmar que sus estados financieros cumplen con la NIIF para PYMES, debe seguir todas las disposiciones de la norma en su totalidad. Es decir, si una entidad opta por esta norma, debe aplicarla completamente en sus informes financieros, sin mezclar sus principios con otros marcos contables, para mantener la integridad y comparabilidad de los estados financieros.

La Sección 1 destaca que si una entidad que tiene obligación pública de rendir cuentas decide utilizar la NIIF para PYMES, no puede presentar sus estados financieros como conformes a la NIIF para PYMES, aunque la regulación local lo permita. Esta cláusula busca evitar confusiones entre los usuarios de la información financiera, quienes podrían esperar un nivel diferente de detalle y transparencia de estas entidades.

Conclusiones

La Sección 1 de la NIIF para PYMES establece un marco claro para determinar qué tipo de entidades pueden aplicar esta norma y bajo qué condiciones. Al limitar su aplicación a las empresas que no tienen responsabilidad pública y que no gestionan activos fiduciarios de manera principal, la NIIF para PYMES asegura que las entidades que la adopten no tengan la misma carga regulatoria y de información que aquellas con una responsabilidad mayor ante el público.

Este enfoque permite a las pequeñas y medianas entidades cumplir con sus requisitos de reporte financiero de manera simplificada y accesible, manteniendo la transparencia y la utilidad de la información para los usuarios externos. La NIIF para PYMES representa, en última instancia, una herramienta para que las PYMES presenten informes financieros significativos sin el peso de cumplir con normas diseñadas para empresas de mayor tamaño o con acceso al mercado de capitales, lo que contribuye a un entorno financiero más inclusivo y adaptable.

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